Dante Olivera
El amparo vegano y los deseos fundamentales
Derechos y deberes son inseparables
Al tratar la parte dogmática o teórica de los derechos fundamentales se recalca que estos derechos poseen el más alto valor en un Estado que tiene una Constitución normativa (en sentido de Loewenstein) y funcionan como principios (cláusulas) abiertas, con un alto grado de indeterminación. Estas facultades que posee el sujeto no solo se quedan en el mero plano teórico, sino que pueden ser reclamadas, hacerse efectivos, a través de los procesos constitucionales de la libertad.
Un punto importante, a nivel analítico, es que a cada derecho siempre le corresponde un deber, como una relación jurídica fundamental. Así, no podría ser acreedor del derecho a la libertad si los demás no tienen el deber de respetar esa libertad, lo mismo que el derecho a la propiedad. Este derecho no existiría si los demás no tuviesen el deber de respetar mi propiedad privada. Derechos y deberes son inseparables.
Ahora bien, en las últimas décadas en Europa, y en los últimos años en Hispanoamérica, vienen propagándose dos ideas sumamente peligrosas para el constitucionalismo. La primera es que se le ha hecho creer a las personas que tienen el derecho a reclamar derechos, pero sin observar los deberes que estos acarrean, lo que genera una cultura de la irresponsabilidad: uno no puede reclamar o luchar por derechos si no va luchar por los deberes (propios o de terceros) que estos traen consigo. La segunda idea es la que, por el propio devenir de la cultura posmoderna y posestructural, hace creer a los estudiantes que, por el mero hecho de tener un deseo, subjetivo o colectivo, este merece ser tratado como un derecho.
A inicios del 2024 se presentó ante el Poder Judicial un amparo vegano contra la Universidad San Marcos por la presunta vulneración de los derechos fundamentales a la libertad de conciencia, a la igualdad y no discriminación, a la identidad, libre desenvolvimiento de la personalidad y a la salud. Este amparo pretendía que la Universidad brinde una opción vegana para los demandantes, que haya un registro de estudiantes veganos y que se reconozca al veganismo como un principio ético.
Sin entrar al fondo constitucional del asunto (el cual tuve la oportunidad de analizar y criticar en otro espacio), me parece que la trascendencia de la demanda radica justo en que encaja a la perfección con el segundo problema del derecho constitucional occidental: el problema de los deseos fundamentales.
El hecho de que tengamos un deseo o pretensión subjetiva es propio de los seres humanos, es algo que está en nuestra naturaleza, más aún cuando, en comparación al pasado, las nuevas generaciones tienen más posibilidades de elección (en el pasado se obligaba a uno a arar la tierra, ser artesano, seguir una profesión determinada, comprometerse con alguien, etc.). Sin embargo, el hecho de tener más deseos subjetivos y poder elegir, no implica, necesariamente, que terceros tengan que cumplir ciertos deseos o caprichos que yo pueda tener, máxime si estos deseos son parte de una elección personal en libertad y no de una predisposición genética o biológica. Así, sería absurdo, por ejemplo, que yo desee una vestimenta y, por el solo hecho de desearlo, la persona ofertante me tenga que dar ese bien; o que, por el hecho de desear entrar a un determinado trabajo, obligue al dueño a contratarme. Estos son algunos de los tantos ejemplos que se puede presentar sobre los deseos fundamentales.
Esta discusión no es baladí, pues si se acepta tal tesis, considero, se estaría resquebrajando cierta coordinación o armonía social que tenemos en nuestra (frágil) comunidad política, estaríamos dando el mensaje de que, por el solo hecho de desear algo, alguien nos lo tiene que cumplir, más aún, que el Estado (entidad que solo debería abocarse a ciertos derechos básicos e inalienables) puede obligarse a sí mismo (en este caso, San Marcos) o a cualquier persona a cumplir dichos caprichos.
Mal haría el juez encargado, y la dogmática constitucional, en avalar estas pretensiones que, como digo, son deseos naturales por el hecho de ser humano, pero no cumplen cierto estándar de objetividad ni necesidad social para poder ser judicializados.
















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