Alejandro Arestegui
En defensa del artista peruano
Los nefastos efectos de la intromisión estatal en el arte y cultura
Una vez más el Estado desea entrometerse en la sociedad y en la vida de los individuos. Esta vez desea tocar lo más humano y sublime que existe: el arte. En la presente columna deseo realizar una crítica a la reciente ley que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú. Para hacerlo utilizaré la perspectiva de la Escuela Austriaca de Economía, la cual nos brinda un horizonte de libertad y de análisis económico riguroso sobre los nefastos efectos que puede tener esta arbitraria ley en nuestra cultura.
La Ley 32645, publicada el 13 de junio en el diario El Peruano, crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú (CPAP) “como una institución gremial autónoma de derecho público interno, sin fines de lucro, con personería jurídica y patrimonio propio”. Su objetivo declarado es representar, “ordenar y supervisar” el ejercicio profesional de las disciplinas artísticas, artes plásticas y visuales, música, danza, artes escénicas y otras afines, y “velar por principios éticos y emitir opiniones técnicas”. Aquí la parte importante: solo pueden incorporarse quienes posean título profesional o licenciatura en arte o educación artística.
Desde la perspectiva de la Escuela Austriaca de Economía, esta norma constituye un claro ejemplo de intervencionismo estatal corporativista que distorsiona el orden espontáneo del mercado artístico, restringe la libertad individual y tiene graves consecuencias no deseadas. La Escuela Austriaca parte de la teoría del valor subjetivo; ergo, el valor de una obra de arte no reside en propiedades objetivas ni en certificados estatales, sino en la valoración subjetiva que le otorgan los individuos que fungen de público. Pretender que un colegio profesional “ordene y supervise” qué constituye o no el ejercicio artístico legítimo es un acto de arrogancia epistémica: nadie puede imponer una definición objetiva de “arte profesional” porque el arte es una expresión humana subjetiva y cambiante.
El individualismo metodológico de Ludwig von Mises rechaza tratar al arte peruano como una entidad colectiva que el Estado debe organizar. La sociedad es la suma de acciones individuales con fines propios. Cada artista actúa persiguiendo sus propios fines, ya sea creación, expresión, subsistencia, reconocimiento, experimentación, etc. Convertir la creación artística en una “profesión regulada” por un ente corporativo estatal niega esta realidad praxeológica.
Además, la libertad artística es parte de la libertad negativa, que es la ausencia de coacción. Como señalaba Friedrich Hayek, la libertad implica que el individuo pueda usar su conocimiento local y tácito sin permiso previo de una autoridad central. No obstante, esta ley invierte esta lógica: primero han creado el colegio profesional y luego definen quién puede considerarse un “artista profesional”. Esto viola el principio de que el Estado debe limitarse a proteger la vida, propiedad o los contratos y no ser un regulador de la expresión espiritual o creativa.
Desde el lado económico, la creación de colegios profesionales con respaldo estatal es una forma clásica de corporativismo, auténticas prerrogativas gremiales otorgadas por el poder político. El CPAP recibe el poder de representar “oficialmente” a los artistas, emitir opiniones técnicas vinculantes en ciertos contextos, supervisar el ejercicio profesional y aplicar sanciones disciplinarias con su código de ética e incluso aplicar multas. Esto genera un nefasto monopolio de legitimación respaldado por el Estado.
De acuerdo con la teoría de la elección pública, los colegios profesionales funcionan como grupos de interés que son en la práctica buscadores de renta: invierten recursos en lobby para obtener beneficios económicos a costa del resto de la sociedad. En este caso, beneficia principalmente a quienes ya poseen títulos universitarios, que son una minoría, frente a la mayoría de los creadores.
Si usamos datos provenientes del Rentoca (Registro Nacional de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura y las Artes) indican que solo alrededor del 20 % de los artistas en Perú tienen formación formal superior; el resto son autodidactas, hacia un 33% o formados por tradición familiar y comunitaria, alrededor del 47 %. La ley excluye de facto a la gran mayoría de la base cultural viva del país como son músicos populares, artesanos tradicionales, pintores, escultores, danzantes, artistas de calle, cultores ancestrales y creadores emergentes sin “cartón”. Muchos organismos también quedarían excluidos, pues en la ley sólo contempla a títulos emitidos por universidades y algunos institutos, excluyendo a muchas entidades que también forman y capacitan artistas sin diplomas de grado universitario.
Por otro lado, la facultad de “supervisar” y velar por “principios éticos” abre la puerta a la politización y posible censura de individuos. ¿Quién es el que define la ética artística? ¿Un consejo directivo elegido por una minoría titulada? La historia muestra que cuando el Estado se arroga el derecho de definir qué es arte “correcto” o “ético”, el resultado suele ser conformismo, clientelismo o exclusión de las voces disidentes. La exigencia de título profesional actúa como barrera legal de entrada al mercado laboral. Los austriacos demuestran que estas injustas regulaciones reducen la oferta de prestadores de servicios, elevan los precios y protegen a los incumbentes de la competencia. En el arte, donde la “calidad” es subjetiva y la innovación surge de la espontaneidad, esto es especialmente dañino. Se crea un mercado dual: artistas “oficiales” colegiados versus el resto, individuos marginados o forzados a permanecer en negro.
El conocimiento relevante para el arte está disperso, es tácito y local. Aquello qué funciona en una comunidad andina, qué resuena en el público limeño actual, qué experimento técnico está emergiendo en un taller de Arequipa o en Trujillo. Ningún colegio centralizado en Lima, por más “democrático” y “descentralizado” que se declare, puede poseer ni procesar esa información. El mecanismo de descubrimiento superior es el mercado: el mecanismo de precios en ventas, contratos, entradas, reputación, crítica libre y preferencias de los consumidores. La planificación corporativa sustituye este proceso por burocracia y criterios políticos o académicos estáticos.
Grandes artistas peruanos y universales fueron autodidactas o formados fuera de la academia formal. La ley está marginando a muchos de ellos. Los artistas son emprendedores que descubren oportunidades en gustos cambiantes. Las barreras burocráticas, con un colegio que obliga a inscripción, cuotas, juramentos, posible supervisión, elevarán los costos de entrada y reducirán las señales para emprender. La mayoría seguirá creando arte fuera del sistema. Se generará un “mercado negro” artístico paralelo, con menor protección contractual y mayor precariedad. Los recursos que podrían destinarse a la creación se gastan en cuotas, trámites, elecciones del colegio y cumplimiento de un código de ética impuesto. La competencia abierta presiona a mejorar; el monopolio gremial tiende a estandarizar y proteger mediocridades “certificadas”. Las industrias culturales peruanas dependen de la flexibilidad y diversidad. Restringir la entrada reduce el dinamismo de un sector que ya opera mayoritariamente de forma independiente e intermitente. No existe un “mercado de arte profesional” que un colegio pueda planificar racionalmente.
Para concluir, la nefasta ley 32645 bajo ningún concepto “profesionaliza o dignifica” al arte peruano. Considero que es todo lo contrario: lo carteliza, lo politiza y lo empobrece al sustituir al orden espontáneo basado en la libertad individual, la competencia y el descubrimiento artístico por un esquema arbitrario de ventajas legalizadas por el estado. Este es un nocivo paso en la dirección hacia el intervencionismo cultural, el cual no hace más que impedir la creatividad genuina y legalizar y favorecer la mediocridad. Abiertamente yo abogo por una libertad plena de creación y de asociación voluntaria. Los mecanismos de reputación y señalización hacia los artistas deben ser enteramente privados. Incluso el estado debe alejarse de proteger la propiedad intelectual, dejándolo a mecanismos de mercado como plataformas de registro artístico privadas protegidas con Blockchain pero de dominio público. El estado ni mucho menos los políticos son quienes para definir qué es lo que es un artista profesional ni mucho menos supervisar la expresión creativa.
Abierta y públicamente abogo por la derogación de esta ley. No sólo porque es un tremendo acto de injusticia hacia la inmensa mayoría de creadores peruanos excluidos, sino porque es una afrenta directa hacia el arte misma. Derogarla sería una gran victoria para la libertad, a lo que se sumaría esfuerzos por algo más grande: eliminar el Ministerio de Cultura. El arte y cultura, por ser parte de la sociedad misma, florecen y prosperan cuando se las dejan en libertad, más en un país tan diverso y rico como el Perú.
















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