Maria del Pilar Tello

¿La Constitución o el calendario?

La democracia se sostiene únicamente en la participación de los ciudadanos

¿La Constitución o el calendario?
Maria del Pilar Tello
06 de mayo del 2026

 

La resolución del Jurado Nacional de Elecciones que declara inviable la repetición de las elecciones por falta de tiempo ha trasladado el debate a un terreno más profundo: el de la validez constitucional del proceso electoral.

El artículo 31 de la Constitución no se limita a reconocer el derecho al sufragio,establece una garantía: cualquier obstrucción o desnaturalización de ese derecho afecta la integridad del proceso. Este principio es el núcleo del orden democrático. El dato incorporado en el informe del Jurado es particularmente relevante: 540,000 ciudadanos no ejercieron su derecho al voto. En términos cualitativos y políticos, es significativo. Márgenes menores han definido resultados. Está en juego la legitimidad.

Por un lado, la lógica administrativa invoca la imposibilidad material de organizar un nuevo proceso en los plazos disponibles. Por otro lado, la lógica constitucional exige la garantía plena de los derechos fundamentales. Cuando ambas colisionan, la Constitución prevalece. Aceptar que la falta de tiempo justifica la continuidad de un proceso tan cuestionado introduce un precedente nefasto, que las limitaciones operativas pueden imponerse sobre los derechos. Ese criterio erosiona la confianza ciudadana en el sistema.

De seguro hay dificultades prácticas. Organizar elecciones implica recursos, coordinación y plazos. Pero ¿puede el Estado considerar cumplido su deber constitucional cuando ha obstruido el voto de cientos de miles de ciudadanos?

La decisión de priorizar la viabilidad sobre la garantía del derecho puede consolidar la idea de que los derechos son flexibles frente a las circunstancias, el debate no debe cerrarse en términos de conveniencia. Debe abrirse en términos de principios. La Constitución no es de cumplimiento opcional: es el límite y la guía de la acción estatal. Y en materia electoral, ese mandato es especialmente exigente.

Más de medio millón de votos ausentes son un recordatorio de que la democracia se sostiene únicamente en la efectiva participación de los ciudadanos. Y de que la Constitución prevalece sobre el calendario.

Maria del Pilar Tello
06 de mayo del 2026

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